Entran en vigor las limitaciones de los sueldos de cúpulas de entidades bancarias intervenidas y con ayudas.

Desde hoy entran en vigor las limitaciones de los sueldos en las cúpulas de entidades bancarias con ayudas públicas o intervenidas por el Estado: 600.000 euros en las entidades que han recibido ayudas y 300.000 en las intervenidas. Además, se congelará la retribución variable de los miembros de las entidades con ayudas pero no intervenidas por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) durante al menos tres años.

Así, los directivos podrán cobrar estos sueldos “siempre y cuando”, en palabras del ministro de Economía, Luis de Guindos, hayan cumplido con las obligaciones comprometidas con el FROB y cuando se hayan reintegrado “absoluta e íntegramente” las ayudas recibidas del Estado. Las retribuciones variables en las entidades con ayudas tampoco podrán superar el 60% del salario fijo y sólo se alcanzará el 100% en el caso de directivos contratados con posterioridad a la ayuda y previa autorización del Banco de España.

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